Si realizaste una compra por medios electrónicos en nuestro sitio web, podrás ejercer el derecho a retracto conforme a lo establecido en la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y su Reglamento de Comercio Electrónico.
1) ¿Cuál es el plazo?
De acuerdo con el artículo 3 bis letra b) de la Ley N°19.496, el consumidor podrá poner término unilateral al contrato celebrado por medios electrónicos dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la recepción del producto.
Recuerda: el plazo se cuenta desde que recibes el pedido, no desde la fecha de la compra.
2) ¿Cómo ejercerlo?
Para ejercer el derecho a retracto, el cliente deberá:
La solicitud deberá realizarse dentro del plazo legal indicado.
3) Condiciones del producto
Para que proceda el retracto, el producto deberá:
∘Estar sin uso.
∘Mantener su embalaje original.
∘Incluir todos sus accesorios y componentes (si aplica).
En el caso de que tu producto haya llegado en malas condiciones y/o presente fallas, puedes usar tu Garantía legal.
4) Exclusiones al retracto
En virtud de lo dispuesto en el artículo 3 bis letra b) de la Ley N°19.496, el derecho a retracto no será aplicable en los siguientes casos:
∘Productos personalizados: no procede retracto.
∘Productos elaborados a pedido.
∘Bienes cortados a medida según requerimiento del cliente. Ejemp: Vinilos, papeles, Film.
∘Licencias de software activadas: no procede por razones de activación.
Nota: condiciones especiales de cambios/devoluciones para liquidación, outlet u open box se informan en
Cambios y Devoluciones.
Reembolso:
En caso de proceder el retracto conforme a la normativa vigente, el reembolso se realizará por el mismo medio de pago utilizado en la compra, dentro de los plazos establecidos por la Ley N°19.496.
Productos personalizados: no procede retracto cuando el producto fue confeccionado a pedido/personalizado
(se informa en la ficha del producto antes de comprar).
Esta información se encuentra disponible de forma permanente en el sitio web, de conformidad con el Reglamento de Comercio Electrónico (Decreto N°52).
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